SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 383
Los funcionarios del SODRE, comprendidos en el régimen del artículo 21
de la Ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953, que acumulen dos cargos
públicos, podrán ser exceptuados del tope horario previsto en el decreto -
ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974, previo informe favorable de la
Contaduría General de la Nación.