SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 143
El Director General de Secretaría en el caso de ser oficial superior en
situación de retiro, percibirá un complemento no sujeto a montepío
equivalente a la diferencia entre su haber de retiro y la asignación que
perciban los titulares que ocupen idéntico cargo, en los demás Incisos de
la Administración Central. (*)