PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 94

   Las tripulaciones militares de los buques petroleros de la Armada 
percibirán, como suplemento de sus asignaciones respectivas, el 150 % 
(ciento cincuenta por ciento) de su sueldo militar y compensaciones 
correspondientes, mientras permanezcan navegando en misiones específicas 
del servicio fuera de aguas jurisdiccionales.


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 462/973 Derogada/o de 26/06/1973.
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