PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 75

   Los cargos del Servicio de Investigación y Análisis del Servicio de Salud de las Fuerzas Armadas podrán ser ocupados por Médicos, Farmacéuticos u Odontólogos, equiparados a los grados correspondientes. Los titulares de estos cargos serán confirmados o renovados quinquenalmente mediante concurso.

   El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo dentro de los 
sesenta días de la fecha de publicación de esta ley. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 592/973 de 24/07/1973.
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