SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 18 - CORTE ELECTORAL
Artículo 519
Los saldos que se produzcan como consecuencia de haber perdido los
Partidos y Agrupaciones Políticas el derecho a percibir los fondos
votados por el Legislador para financiar la propaganda e impresión de hojas de votación, podrán ser destinados por la Corte Electoral para atender sus gastos de funcionamiento.