PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 436

   Fíjanse las remuneraciones básicas que percibirán en el Inciso 12 
"Ministerio de Salud Pública", los titulares de los siguientes cargos: Categoría Extra, Directores de División y Directores Adjuntos de la Dirección de la Salud $ 185.000 (ciento ochenta y cinco mil pesos) mensuales, Directores Adjuntos y Sub-Directores de Divisiones y 
Directores Regionales Categoría Extra $ 180.000 (ciento ochenta mil 
pesos) mensuales. Directores de los Hospitales: Maciel, Pasteur, Pereira 
Rossell, Vilardebó, Pedro Visca, Piñeyro del Campo, Colonia G. 
Saint Bois, Colonias de Alienados "Dr. Bernardo Etchepare" y "Dr. Santín 
Carlos Rossi", de Centros Departamentales y Médicos Supervisores Regionales, $ 175.000 (ciento setenta y cinco mil pesos) mensuales. Directores de los Institutos de Oncología, Epidemiología, Servicio de Insuficiencia y Recuperación Respiratoria e Instituto de Traumatología y
Endocrinología, Servicio de Asistencia Externa, Categoría Extra,
$ 170.000 (ciento setenta mil pesos) mensuales.

Ayuda