SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 377
Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble Padrón N°
4.851, situado en la 1ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo (Teatro Odeón), el que será utilizado por el Ministerio de Educación y Cultura.
Destínase una partida de $ 5:000.000 (cinco millones de pesos) por una
sola vez, para atender los gastos de habilitación y funcionamiento del Teatro Odeón del Ministerio de Educación y Cultura.