PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 10 - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 337

   A partir de la publicación de la presente ley, toda nueva contratación
de personal no especializado ni calificado, destinado a obras y servicios
del Ministerio de Obras Públicas, deberá recaer en ciudadanos cuya edad
no exceda de treinta años, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 10.459, de 14 de diciembre de 1943.

Ayuda