SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 2 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 32
Sustitúyese uno de los tres cargos de Director creado en el Programa
01 del Inciso 2 "Presidencia de la República", por el de Tesorero, con
una remuneración mensual de $ 142.000 (ciento cuarenta y dos mil pesos).