PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 9 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y TURISMO

Artículo 315

   Declárase aplicable a la Administración Nacional de Puertos lo dispuesto por los artículos 59 y 60 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960.

   Compete al Poder Ejecutivo, a propuesta fundada del Directorio de la 
Administración Nacional de Puertos, designar al funcionario que 
desempeñará transitoriamente el cargo vacante o acéfalo.

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