El personal obrero y empleado de los establecimientos molineros
"Gramón S. A." en las ciudades de Montevideo y Paysandú, en situación de
paro como consecuencia del cierre de esa empresa y mientras esté
paralizada la actividad de la misma, tendrá derecho a percibir una
compensación mensual equivalente a las asignaciones que correspondan a
ciento cuarenta y cuatro horas del salario fijado para el período en que
se sirva dicha compensación.