Apruébase el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares
en la América Latina, suscrito el 14 de febrero de 1967 en la ciudad de
México D.F., Estados Unidos Mexicanos. (*)
Al depositar su ratificación el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de
la facultad que le otorga el artículo 28, párrafo 2, en cuanto a la
dispensa de los requisitos para la entrada en vigor que especifica el
párrafo 1 del mismo artículo.