APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. ARMAS NUCLEARES




Promulgación: 01/07/1968
Publicación: 15/07/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 1379

Artículo 2

   Al depositar su ratificación el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de 
la facultad que le otorga el artículo 28, párrafo 2, en cuanto a la 
dispensa de los requisitos para la entrada en vigor que especifica el 
párrafo 1 del mismo artículo.

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