PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION X - NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 457

 Las contribuciones dispuestas con cargo a los Impuestos de Timbres y 
Papel Sellado y Enajenación de Vehículos Automotores vigentes a la fecha de esta ley, se fijan para el Ejercicio 1968 en una suma igual a la que corresponda por el Ejercicio 1967, incrementada en un 5% (cinco por ciento). 
Para los ejercicios siguientes, las contribuciones se aumentarán en un 5%
(cinco por ciento) del total de cada año inmediato anterior.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 458.
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