PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION VI
CAPITULO I - FONDO NACIONAL DE SUBSIDIOS

Artículo 381

Los subsidios que en esta Sección se establecen en beneficio de Entes
Autónomos Industriales y Comerciales, serán adjudicados por el Ministerio
de Hacienda y su aplicación en los Entes será supervisada a través del
Ministerio correspondiente, que someterá trimestralmente un informe sobre
la gestión del Ente al Poder Ejecutivo.
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