PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION III
CAPITULO XII
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 310

Mantiénense para la provisión de los cargos inspectivos provenientes del
ex-Item 5.05 (Dirección de Industrias) que se incorporan a la Inspección
General del Trabajo y la Seguridad Social los requisitos y condiciones
establecidas en las normas precedentes.
Queda entendido que los funcionarios Inspectores a que hace referencia
este artículo y el anterior, tienen competencia en todas las materias
relativas al trabajo y la seguridad social sin que interfiera con la tarea
de los Inspectores de la Oficina de Trabajo del Consejo del Niño.
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