PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS

Artículo 67

Las exoneraciones que acuerde la legislación vigente a las cooperativas 
de consumo, agrarias y de producción sólo regirán para este impuesto por 
las ventas que dichas cooperativas realicen directamente a sus
asociados. (*)


(*)Notas:
Ver vigencia:
      TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 1 - Título 10,
      Ley Nº 14.100 de 29/12/1972 artículo 75.
Reglamentado por: Decreto Nº 15/968 Derogada/o de 09/01/1968.
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