EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CUOPAR S.A. MONTEVIDEO WOOL IMPORT EXPORT S.R.L. LANGON S.A. NOCERA S.A




Promulgación: 27/01/1966
Publicación: 03/02/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1966
  •    Página: 82
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo queda facultado para arrendar o vender los bienes que integran el conjunto económico indicado, a las personas físicas o jurídicas, que aseguren la continuidad de la referida explotación industrial, suscribiendo los documentos necesarios a tal fin. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 14.975 de 14/12/1979 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.469 de 27/01/1966 artículo 4.
Referencias al artículo
Ayuda