Las reliquidaciones se ajustarán a las siguientes normas:
a) En los contratos celebrados antes del 9 de mayo, el precio pactado se
aumentará en un 30%, con un mínimo de $ 27.60, cada 10 kilos.
b) En los contratos celebrados después de esa fecha y antes del 9 de
agosto, el precio pactado se aumentará en $ 27.60, cada 10 kilos.
c) El precio definitivo resultante de estas reliquidaciones no podrá ser
mayor de $ 140.00 cada 10 kilos.