SANIDAD ANIMAL. LUCHA CONTRA LA BRUCELOSIS




Promulgación: 09/11/1961
Publicación: 23/11/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1961
  •    Página: 1170
Reglamentada por: Decreto Nº 233/971 de 30/04/1971.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los animales vacunados llevarán un tatuaje que permita identificar al
técnico responsable del trabajo y una identificación en el lugar y forma
que determinará la reglamentación de la ley y que serán exclusivamente 
reservados a sus efectos.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 470.
Ver en esta norma, artículo: 5.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 12.937 de 09/11/1961 artículo 4.
Referencias al artículo
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