Créase la Junta Nacional de Coordinación de Transportes de Carga que
tendrá los siguientes cometidos:
A) Estudiar la economía propia de los transportes de carga y su
gravitación en la economía nacional.
B) Elevar al Poder Ejecutivo, dentro de los noventa días de vencido el
año de su constitución, los planes regionales y nacional de
coordinación de transportes de carga terrestres, aéreos y
fluviales.
C) Llevar el Registro General de Transportadores y organizar los
servicios de información de carácter estadístico y económico.
D) Estudiar las características técnicas de los servicios de carga,
las garantías de su funcionamiento y sus tarifas, proponiendo al
Poder Ejecutivo las medidas tendientes a su racionalización.
E) Actuar como Tribunal de Conciliación obligatorio en todas las
diferencias que surjan entre entidades transportadoras como
resultado de superposición de servicios, de servicios combinados o
de incumplimiento de convenios de transporte.