CREACION DE COMISION MIXTA. CONTROLES LABORALES




Promulgación: 18/09/1958
Publicación: 29/09/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 980
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Créase una Comisión Mixta con jurisdicción nacional, integrada por
tres delegados patronales y tres delegados obreros, para los establecimientos de Hoteles, Restaurantes, Pensiones Familiares, Confiterías, Bares, Cafés y Anexos. Asesorará a esa Comisión un representante del Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

FISCHER - HECTOR A. GRAUERT
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