SE ESTABLECE UN PLAN DE OBRAS PUBLICAS Y SE CONCEDEN RECURSOS PARA REALIZARLAS.




Promulgación: 05/12/1957
Publicación: 07/02/1958
Publicada anteriormente: 02/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1297
Referencias a toda la norma

II - EL TESORO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 42

   La Comisión Nacional de Educación Física destinará la partida de
$ 1:500.000.00, establecida en el artículo 35 numeral 219 bis de la
presente ley a las siguientes finalidades: 
A) Para la construcción de gimnasios populares
   y plazas de deportes en el interior........   $ 1:000.000.00
B) Para subvenciones a entidades deportivas
   con personería jurídica ...................   $   500.000.00



(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 43 y 44.
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