DEUDA PUBLICA. AUTORIZACION. AMPLIACION




Promulgación: 14/06/1951
Publicación: 20/08/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 632

Artículo 1

   Autorízase la ampliación de la Deuda "Edificios Públicos" en la cantidad nominal de pesos 170.000.00 cuyo importe líquido se entregará al Banco de la República, en compensación del valor equivalente en libras 
esterlinas que dicha Institución pone a disposición de la Embajada del Uruguay en Gran Bretaña para adquirir el "lease" de la propiedad sita en Campden Hill Nº 1, de la ciudad de Londres, conforme a lo que se había previsto por el artículo 14, inciso C, del Convenio Anglo Uruguayo firmado en Londres el 15 de julio de 1947 y ratificado legislativamente con fecha 12 de febrero de 1948. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

MARTINEZ TRUEBA - ALBERTO DOMINGUEZ CAMPORA - HECTOR ALVAREZ CINA 
       

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