LEY ORGANICA DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). MODIFICACION




Promulgación: 16/11/1950
Publicación: 29/11/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 1391

Artículo 2

   El Banco de la República gozará de un plazo de dos años para ajustar a las normas de esta ley, su cartera de documentos ya redescontados y de 
acuerdo con las disposiciones y el tope de la ley del 24 de junio de 1948.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 11.823 de 19/05/1952 artículo 3.
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