PATRONATO DEL PSICOPATA. CREACION




Promulgación: 16/11/1948
Publicación: 17/01/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 1178
Reglamentada por: Decreto Nº 472/969 de 30/09/1969.
Ver: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 537 (modifica la denominación 
"Patronato del Psicópata"),
      Decreto Nº 117/971 de 02/03/1971.

Artículo 3

   Los recursos del "Patronato del Psicópata" serán los siguientes:

     A) Una subvención anual de $ 50.000.00 que se tomará de Rentas 
        Generales.
     B) El producido de las hospitalidades pagadas por asistencias de
        enfermos en el Hospital Psiquiátrico y en la Colonia de Asistencia
        Psiquiátrica "Doctores Bernardo Etchepare y Santín Carlos Rossi" 
        y por la asistencia de enfermos psiquiátricos en Hospitales    
        Generales del Ministerio de Salud Pública en todo el territorio  
        nacional. (*)    
     C) Las contribuciones voluntarias que la Comisión Honoraria 
        gestionará de los Organismos del Estado, Entes Autónomos, 
        Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales.
     D) Las contribuciones, permanentes o no, donaciones, herencias o 
        legados de particulares.
     E) El producido de la cooperación social en las diversas formas que 
        la Comisión Honoraria pueda arbitrar.
     F) Los proventos que resultaren del funcionamiento del "Hogar-
        Taller".

(*)Notas:
Literal B) redacción dada por: Decreto Ley Nº 15.594 de 19/07/1984 
artículo 2.
Ver: Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 287.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 11.139 de 16/11/1948 artículo 3.
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