FUNCIONARIOS MILITARES. RETIROS. REMUNERACIONES. MODIFICACION




Promulgación: 19/07/1945
Publicación: 26/07/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 622

Artículo 1

   Modifícanse las asignaciones que perciben los Jefes y Oficiales
retirados de los Cuadros Activos del Ejército Nacional, con arreglo a la 
ley de Retiro número 6.868, del 1º de Febrero de 1919 y su posterior 
modificación efectuada por la ley número 9.662, del 18 de Junio de 1937: así como los haberes de pasividad de los Oficiales del Ejército retirados con arreglo a los artículos 468, 469, 471, 478, 480 y 485 del Código Militar y su ulterior modificación realizada por la ley número 9.728, del 20 de Noviembre de 1937; en el sentido de que dichas asignaciones serán iguales a tantas treinta avas partes del monto del sueldo y compensación militar que, para cada grado de la jerarquía militar, fija la ley de Presupuesto General del Estado vigente, como años de servicios computados tengan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

AMEZAGA - Gral. de Div. (R.) ALFREDO R CAMPOS - HECTOR ALVAREZ CINA
       


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