Los cuños para la realización de esta operación serán los que se
especifican en seguida:
A) Los cuños del anverso de las monedas de $ 1.00 y $ 0.50, se ejecutarán
con el plato grabado por Bazor para la moneda de oro de $ 5.00
conmemorativa del Centenario de 1830, que reproduce la cabeza de
Artigas. Se establecerá, además, el año de la acuñación. Para el cuño
del reverso de la moneda de $ 1.00 se utilizará el plato modelado por
Morión para la moneda de cobre-aluminio conmemorativa del Centenario de
1830, en la que aparece el puma pasante sobre el sol naciente,
suprimiendo la leyenda y modificando las cifras del valor. Para el cuño
del reverso de la moneda de $ 0 50 se utilizará el plato ornamental
grabado por Bazor para el reverso de la moneda de $ 5 00 conmemorativa
del Centenario, eliminando la leyenda que dice: "Centenario de 1830" y
prolongando los rayos del sol naciente hasta el exergo y sustituyendo
la fecha "1930" por la de la acuñación, y la expresión del valor por la
siguiente "50 centésimos. (*)
B) El cuño del anverso de las monedas de $ 0.20, se ejecutará con el plato
modelado por Morlón, para la moneda de cobre-aluminio conmemorativa del
Centenario de 1830 que representa la cabeza de la República,
sustituyéndose la fecha 1930 por la de la acuñación. Para el cuño del
reverso de la misma moneda se utilizará la composición ornamental
grabada por Turín para la moneda de plata de $ 0.20 conmemorativa del
Centenario de 1930.
(*)Notas:
Literal A) redacción dada por: Decreto Ley Nº 10.292 de 11/12/1942
artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 10.111 de 05/01/1942 artículo 2.