Fecha de Publicación: 16/01/1942
Página: 98-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 2

   Los cuños para la realización de esta operación serán los que se
especifican en seguida:

A) Los cuños del anverso de las monedas de $ 1.00 y $ 0.50, se ejecutarán 
   con el plato grabado por Bazor para la moneda de oro de $ 5.00,         
   conmemorativa del Centenario de 1930, que reproduce la cabeza de    
   Artigas. Se establecerá además el año de la acuñación. Para los cuños 
   del reverso de las mismas monedas se utilizará el plato modelado por 
   Morlón para la moneda de cobre-aluminio conmemorativa del Centenario de 
   1930, en que aparece el puma pasante sobre el sol naciente, suprimiendo
   la leyenda y modificando las cifras del valor.
B) El cuño del anverso de las monedas de $ 0.20, se ejecutará con el plato  
   modelado por Morlón, para la moneda de cobre-aluminio conmemorativa del 
   Centenario de 1830 que representa la cabeza de la República, 
   sustituyéndose la fecha 1930 por la de la acuñación. Para el cuño del            
   reverso de la misma moneda se utilizará la composición ornamental  
   grabada por Turín para la moneda de plata de $ 0.20 conmemorativa del 
   Centenario de 1930.
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