Fecha de Publicación: 10/05/1938
Página: 157-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 25/04/1956.

Artículo 22

   Sin perjuicio de las exenciones establecidas en la ley de Contribución 
Inmobiliaria, el bien de familia, cuando su aforo no sea mayor de cinco 
mil pesos, gozará de una rebaja del 50% del impuesto.
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