Fecha de Publicación: 26/09/2019
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

   Agrégase como inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 17.437, de 20 de diciembre de 2001, el siguiente:

        "A tales efectos, no regirá ninguna exoneración de aportes
        patronales que eventualmente hubiere estado vigente".
Ayuda