Fecha de Publicación: 31/10/1989
Página: 108-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 34

   El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca prestará los medios
humanos y materiales necesarios para la instalación y funcionamiento del
Consejo Coordinador de Tecnología Agropecuaria.
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