Fecha de Publicación: 31/10/1989
Página: 108-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Al Poder Ejecutivo compete la fijación de la política nacional en
materia de generación y transferencia de tecnología aplicada al sector
agropecuario, contando para ello con el asesoramiento del Instituto. Este
adecuará su actuación a dicha política nacional.
   El Instituto se comunicará y coordinará con el Poder Ejecutivo a
través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

                            CAPITULO II
  
                  Organización y Funcionamiento   
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