RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1970




Fecha de Publicación: 09/02/1972
Página: 293-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 03/03/1972.

Artículo 45

   El Registro General de Inhibiciones no inscribirá embargos por 
tributos judiciales de monto inferior a $ 2.000.00 (dos mil pesos). Toda 
comunicación de traba de embargo por tributos judiciales deberá expresar el monto de ellos.
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