Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 374

   (Otras contribuciones). Estas contribuciones en nada afectan las 
obligaciones de los mencionados Entes Autónomos y Servicios 
Descentralizados por reintegro por servicios de deuda y/o de presupuesto
o por otros conceptos de análoga naturaleza que legalmente estén a su 
cargo.

                               TITULO XXII

                 NORMAS GENERALES SOBRE INFRACCIONES,
                        
                       SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

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