Toda venta o transferencia de útiles de pesar y medir, en uso, deberá
ser registrada en el Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados
o en las Inspecciones Departamentales, llenando las formalidades que al
respecto establezca el Poder Ejecutivo. Por la inscripción de las ventas
o transferencias, se pagará un tributo de acuerdo a la siguiente tarifa:
Por cada báscula, balanza o romana incluso
los contrapesos o pesas que correspondan ........ $ 3.00
Por cada juego de medidas ....................... " 3.00
Por cada cinta o cadena ............................ " 3.00
Por cada metro ..................................... " 1.50
Por cada contrapeso, pesa o medida suelta ......... " 1.00