Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 236

   (Impresión de valores). El Poder Ejecutivo queda facultado para 
disponer la impresión de los valores que expende la Dirección General de 
Impuestos Directos, tanto en la Imprenta Nacional como en firmas especializadas del extranjero.

                             CAPITULO V

                 IMPUESTO A LAS VENTAS DE CONTADO
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