Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 170

   (Fraccionamiento de Pagos). Los pagos de los contribuyentes primarios 
y los complementarios se fraccionarán por períodos mensuales.
Ayuda