COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1975 - 1976




Promulgación: 12/12/1975
Publicación: 19/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1662
Referencias a toda la norma

Artículo 19

Los depositarios son responsables del peso, calidad y sanidad del cereal
y del estado de las bolsas mientras el mismo permanezca en sus depósitos.
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 20.
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