REGLAMENTACION DE LA LEY 20.381, RELATIVA AL SISTEMA DE BUSQUEDA TEMPRANA DE PERSONAS MENORES DE EDAD AUSENTES, DENOMINADO "ALERTA AMBER URUGUAY"




Promulgación: 28/02/2025
Publicación: 12/03/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.381 de 25/09/2024.
   VISTO: que la Ley N° 20.381, de 25 de setiembre de 2024 establece un sistema para la búsqueda temprana de personas menores de edad ausentes, denominado "Alerta Amber Uruguay";

   RESULTANDO: que el sistema de "Alerta Amber Uruguay" estará a cargo del Ministerio del Interior por intermedio del Departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes (D.R.B.P.A.) de la Dirección General de Lucha Contra el Crimen Organizado e INTERPOL - Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional, debiendo coordinar las actividades con la Fiscalía General de la Nación, el Poder Judicial, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y el Sistema Nacional de Emergencias, sin perjuicio de convocar a otros organismos públicos;

   CONSIDERANDO: I) que la Ley citada en el VISTO, dispone en su artículo 1° que la finalidad de la "Alerta Amber Uruguay" es comunicar en forma inmediata y eficiente la ausencia de niños, niñas y adolescentes (NNA) con el fin de localizarlos en el menor tiempo posible y proteger su vida e integridad física, síquica y moral;

   II) que corresponde reglamentar la ley citada, con la finalidad de establecer los mecanismos pertinentes que permitan la aplicación práctica de sus disposiciones, con la debida celeridad en la búsqueda, localización y resguardo de las personas menores de edad ausentes y cumplir con el principio de protección al niño, niña o adolescente;

   ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República y lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (Comisión "Alerta Amber Uruguay").
   Créase la Comisión "Alerta Amber Uruguay", que estará integrada por funcionarios técnicos y especialistas, representantes del Ministerio del Interior, Poder Judicial, Fiscalía General de la Nación, Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y Sistema Nacional de Emergencias. Eventualmente, ante casos debidamente justificados, la integración podrá ampliarse con la convocatoria y participación de representantes de otros organismos públicos. El representante del Ministerio del Interior, presidirá la misma.

   LACALLE POU LUIS - NICOLÁS MARTINELLI
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