APROBACION DE NORMAS SOBRE INTRODUCCION AL PAIS DE SEMEN BOVINO




Promulgación: 10/02/1984
Publicación: 13/03/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 273
Derogada/o por: Decreto Nº 182/992 de 06/05/1992 artículo 6.
Referencias a toda la norma
  Visto: el decreto 98/980, de 20 de febrero de 1980, sobre reproducción
artificial animal, en la redacción dada por el decreto del día de la
fecha.

  Resultando: I) La mencionada reglamentación, regula las normas generales
de exportación e importación de semen, óvulos y embriones de especies
animales;
II) Dicho régimen general no contiene empero especificaciones relativas a
exportaciones e importaciones en lo que dice relación con las razas en
particular, que integran el acervo ganadero nacional.

  Considerando: conveniente disponer las medidas del caso a efectos de
propender a la formación de stock de semen, óvulos y embriones de algunas
de las razas bovinas existentes en el país.

  Atento: a lo expuesto precedentemente y a las disposiciones de la ley
3.606, de 13 de abril de 1910, decreto 211/979, de 31 de mayo de 1970,
decreto 63/982, de 17 de febrero de 1982 y disposiciones posteriores y
concordantes,

                        El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 4.

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 5.

Artículo 6

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 6.

Artículo 7

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 74/984 de 10/02/1984 artículo 7.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH
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