REGLAMENTACION DE LA LEY 19.590, RELATIVA AL REGIMEN JUBILATORIO (LEY DE LOS CINCUENTONES)




Promulgación: 23/03/2018
Publicación: 10/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.590 de 28/12/2017.

Artículo 12

   (Alcance del asesoramiento).- El Banco de Previsión Social instrumentará la documentación que habrán de suscribir los interesados en señal de haber recibido el asesoramiento a que refiere el artículo 3°.
   En dicha documentación, el referido instituto hará constar, entre otras puntualizaciones que estimare pertinentes para precisar el alcance del asesoramiento, que este último, en los casos a que refiere el inciso primero del artículo 1°, contiene proyecciones solamente estimativas y no vinculantes, así como que las prestaciones que el interesado llegare eventualmente a recibir pueden diferir en mayor o menor medida de las estimadas al momento del asesoramiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16.
Ayuda