REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 31 A 33 DE LA LEY 18.600, RELATIVA A LOS SERVICIOS DE CONFIANZA DE IDENTIFICACION DIGITAL Y FIRMA ELECTRONICA AVANZADA CON CUSTODIA CENTRALIZADA




Promulgación: 19/03/2018
Publicación: 05/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009 artículos 31, 32 y 33.

CAPÍTULO VI - PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CONFIANZA

Artículo 23

   Suspensión y revocación de la acreditación de los prestadores de servicios de confianza de generación, almacenamiento y firma electrónica avanzada. La suspensión y revocación de la acreditación de los prestadores de servicios de confianza de generación, almacenamiento y firma electrónica avanzada, así como sus efectos, se regirán por lo establecido para los prestadores de servicios de certificación.
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