CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 3 MAQUINAS DE OFICINA




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 07/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos por decreto 178/985 de 10 de mayo de 1985 e integrados por decreto 574/985 del 24 de octubre de 1985.

    Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los delegados sectoriales;

    II) Que no obstante lo señalado en el Resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;

   III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo 1 "Comercio" Subgrupo 3 Máquinas de Oficina se logró el acuerdo que fue suscrito en acta del 12 de noviembre de 1985.

   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449 de 12 noviembre de 1943 podría dar a lugar a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791 de 
8 de junio de 1978.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase con carácter nacional, las siguientes categorías, para los trabajadores comprendidos en el Grupo 1 Comercio, Subgrupo Nº 3 Máquinas de Oficina, para las empresas que se dedican a la venta de equipos de oficina y computación, accesorios y respuestos, servicios y asistencia técnica y/o software, pudiendo tratarse de empresas importadoras:

1. Gerente General. Es la máxima autoridad dentro de la empresa. Depende 
   directamente del directorio o patrones de la empresa. Vigila el 
   cumplimiento de las resoluciones, ejerciendo tareas de contralor.
2. Gerente. Es el funcionario de mayor autoridad dentro de su área. 
   Depende del Gerente General. Vigila el cumplimiento de las resoluciones 
   adoptadas en su área, ejerciendo funciones ejecutivas de contralor, 
   manteniendo estrecho contacto con el Subgerente, Jefe, Supervisor o 
   Encargado, o superior del área.
3. Subgerente. Es el funcionario que colabora con el Gerente en las tareas 
   ejecutivas.
4. Jefe en Administración. Funcionario que tiene a su cargo la supervisión  
   del Departamento de Sección, siendo responsable de su buen 
   funcionamiento. Es imprescindible que posea buena relación en el trato 
   personal. (Algunas áreas que se incluyen Compras, Contaduría, 
   Administración, Cobranzas, Créditos, Importaciones, Computos, etc.) Se 
   reporta a su superior.
5. Jefe de Personal. Además de las tareas inherentes a su cargo, es el 
   responsable de la correcta aplicación de las normas laborales 
   reglamentarias internas que regulan las relaciones patronal-personal.
6. Jefe de Centro de Copiado. Es el funcionario, que dentro del local de 
   ventas de servicios - a terceros - de fotocopiado y anexos, tiene a su 
   cargo la dirección de los funcionarios del mismo, siendo responsable 
   de su buen funcionamiento. Tiene además participación activa en las 
   tareas propias del local, tales como atención de clientes, vender, 
   operar equipos y manejo de la Caja.
7. Subjefe/Encargado (Ventas, Técnica, Administración)
   Conoce bien el manejo de la sección, es el sustituto de su superior 
   inmediato en caso de ausencia con toda la responsabilidad.
8. Secretaria Ejecutiva. Responsable de canalizar comunicaciones, 
   preparar en forma personal y directa correpondencia rutinaria, tomar 
   dictado y preparar las cartas o informes correspondientes, mantener el 
   archivo privado y manejar con cuidado información confidencial. Se 
   diferencia de una Secretaria en que responde a un grupo directivo o a 
   un ejecutivo de alto nivel, en que es llamada a tomar decisiones por 
   si en ausencia de sus superiores, en que se le encarga frecuentemente 
   el seguimiento de diversos asuntos en forma personal y en que tiene 
   una cierta posición jerárquica que le permite ordenar al personal de 
   servicio u otras secretarias la realización de ciertas tareas a ella   
   encomendadas.
9. Secretaria (Ventas, Técnicas, Administración). Encargada de asistir a 
   su Jefe o Jefes, canalizar las comunicaciones para facilitarles la 
   tarea tomar dictado, dactilografiar correspondencia y mantener 
   ordenado el archivo, cumpliendo tareas administrativas 
   correspondientes a su función. Puede operar equipos de computación, 
   télex y comunicación, en el desarrollo de sus tareas.
10. Tesorero. Tiene a su cargo la dirección de cajeros y cobradores. Es el 
   depositario del tesoro, control de libreta de cheques y custodia de 
   valores.
11. Cajero. Es el encargado de recibir cobros y efectuar pagos dentro de 
   la empresa, siendo el responsable de los fondos y demás valores 
   confiados a su custodia.
12. Cobrador. Realiza la gestión y recaudación de la cobranza, siendo el 
   responsable de los fondos recibidos hasta tanto los entrega o deposita.
13. Auxiliar Categorizado. Responsable por la realización de tareas 
   especializadas dentro de la sección. Se diferencia del Auxiliar 1º por 
   su mayor experiencia o conocimiento profesional lo cual hace que 
   normalmente se le asignen tareas complicadas.
14. Auxiliar 1º. En esta categoría están comprendidos los funcionarios 
    que desarrollan trabajos de responsabilidad personal, tanto en libros 
    de administración, como correspondencia; Actas contralor de planillas    
    y documentos comerciales. Colabora con sus superiores en áreas de 
    //Información ilegible en el original//
15. Auxiliar 2º. Colabora con el Auxiliar 1º. Desarrolla primordialmente 
    tareas de dactilografía, cálculos, etc.
16. Auxiliar 3º. Tiene a su cargo la mensajería y los trámites en bancos y 
    oficinas con responsabilidad de valores y/o documentos. Archivo. 
    Realiza prácticas para alcanzar la categoría de Auxiliar 2º. Puede 
    desarrollar tareas de dactilografía.
17. Operador Centro de Copiado 1. Recepciona trabajos, opera los equipos, 
    realiza el mantenimiento simple de los mismos, facturación, caja e 
    informes.
18. Operador Centro de Copiado 2. Realiza las mismas tareas que el 
    Operador 1, pero sin la realización de informes.
19. Operador de Administración. Es el funcionario que opera la consola 
    principal y que domina el sistema operativo usado por la empresa.
20. Ayudante de Operador. Es el funcionario que opera terminales del 
    sistema. Conoce los sistemas aplicativos utilizados por la empresa.
21. Digitador. Opera datos en una terminal con el fin de ingresarlos y/o 
    verificarlos.
22. Recepcionista/Telefonista. Atiende y realiza las llamadas telefónicas 
    y dirige a los clientes a donde corresponda. También realiza tareas 
    administrativas.
23. Chofer Repartidor. Conduce los vehículos de la empresa y es 
    responsable de los mismos; realiza entrega y retiro de 
    mercaderías.Puede cobrar facturas.
24. Cadete. Realiza mandatos internos y externos. Puede transportar 
    valores.
25. Encargado de Mantenimiento. Se encarga del mantenimiento del local. 
    Debe tener conocimientos de electricidad, plomería, sanitaria, etc.
26. Sereno/Vigilante. Es el funcionario encargado de vigilancia y cuidado 
    del local.
27. Limpiador/a. Es el funcionario que tiene a su cargo las tareas de 
    limpieza e higiene del lugar. Puede auxiliar en tareas de servicios 
    al personal.
28. Cantinero. Es el encargado del servicio de cantina de la empresa.
29. Peón. Es el funcionario que realiza tareas de carga, descarga, 
    control y acondicionamiento de mercadería y equipos. Puede realizar 
    tareas menores.
30. Jefe de Servicio Técnico. Es el funcionario que tiene a su cargo la 
    supervisión de su departamento siendo responsable de su buen   
    funcionamiento. Coordina con los departamentos de Ventas y Software.
31. Técnico Cabeza de Grupo. Es el funcionario que realiza tareas técnicas 
    en la mayor parte de su tiempo y coordinación de un grupo de técnicos.
32. Técnico Especialista o de Laboratorios. Es el funcionario que realiza 
    tareas técnicas en la mayor parte de su tiempo y de formación, 
    coordinación de un grupo de técnicos para la solución de problemas 
    comunes en su área.
33. Técnico Nivel 2 (Extremo o de Laboratorio). Es el funcionario que 
    realiza tareas de diagnóstico, reparación, instalación, mantenimiento 
    de la totalidad de los equipos a su cargo y que resuelve los problemas 
    técnicos de mayor complejidad.
34. Técnico Nivel 1. Es el funcionario que realiza tareas de diagnóstico, 
    reparación, instalación, y mantenimiento de la totalidad de los 
    equipos a su cargo y que resuelve los problemas técnicos de mayor 
    complejidad.
35. Ayudante técnico. Es el funcionario que realiza tareas simples y 
    rutinarias de diagnóstico y reparación.
36. Técnico de Mantenimiento y Limpieza. Es el funcionario encargado de la 
    limpieza, lubricación y mantenimiento de equipos y partes. Por ejemplo 
    sustitución de resortes, teclas, etc. Tiene conocimientos de mecánica 
    sencilla y mediana habilidad manual.

Para las categorías 7, 30. 31, 32, 33, 34, 35 y 36 mencionadas debe tenerse presente el cuadro 1.

37. Jefe de Ventas. Responsable de conducir y ejecutar las operaciones de 
   ventas de productos de la empresa, de analizar la eficiencia en la 
   utilización de la red de comercialización existente, de estudiar los 
   coeficientes de rotación de los distintos productos y proponer acción 
   correctiva en los casos pertinentes, de analizar y proponer nuevas 
   técnicas de comercialización y forma de presentación del producto. 
   Tiene a su cargo el desarrollo y motivación de los integrantes del 
   cuerpo de ventas.
38. Supervisor de Ventas. Responsable de la supervisión de un cuerpo de 
   vendedores asignados a un área o producto específico, preocupándose por 
   evaluar la eficacia individual de cada uno de ellos, así como la 
   reacción de la clientela atendida a los distintos productos manejados y 
   a las distintas estrategias de precio, calidad, presentación, etc.
39. Vendedor. Es el funcionario encargado de la venta de los servicios 
    y/o equipos y/o suministros de la empresa. Desarrolla además funciones 
    de promoción y relaciones públicas.
40. Demostrador. Es el funcionario encargado del apoyo a ventas en 
    demostraciones de equipos de oficina a clientes.

Para las categorías 39 y 40 mencionadas, debe tenerse presente el cuadro 2.

41. Jefe de Ingeniería de Sistemas. Planifica y controla la asignación de 
    recursos técnicos y humanos en su área. Es el responsable del área de 
    Soft frente a los usuarios y de la actualización permanente de la 
    formación del Departamento de Software. Coordina con otros 
    departamentos de la empresa. Debe tener una sólida formación teórica, 
    amplia experiencia, conocimiento de todas las líneas que debe soportar 
    el Departamento de Software y buena relación en el trato con los 
    usuarios.
42. Analista de Soporte de Software (Senior) Sus principales tareas son 
    la autoformación y soporte de los distintos productos de software de 
    base: sistemas operativos, utilitarios, paquetes de Soft de aplicación 
    generalizada, etc.
    Por soporte se entiende: Generación, instalación de nuevas versiones, 
    patches, atención de consultas de usuarios.
    Además es el encargado de producción de material informativo sobre los 
    distintos productos y del apoyo a ventas en demostraciones de 
    productos de soft, así como el dictado de cursos y seminarios,. Es 
    imprescindible la capacidad de autoformación, estudio y trasmisión de 
    conocimiento, así como la buena relación en el trato con los usuarios.
43. Analista de Soporte de Software (Junior). Sus principales tareas son 
    la autoformación y soporte de utilitarios, paquetes de soft de 
    aplicación generalizada. Atiende consultas de usuarios a su nivel y da 
    apoyo a ventas en demostraciones.

44. Analista de aplicaciones. Es quien crea, diseña y define los 
    diferentes sistemas aplicativos que se usan en las empresas. Domina la 
    programación y más de un lenguaje, ya que aconsejará sobre formas, 
    técnicas de programación y lenguaje a emplearse. Deberá verificar todo 
    el sistema de aplicación, lograr su mejor performance y 
    fundamentalmente crear y controlar toda la documentación.
46. Programador: Es del funcionario que domina la programación en más de 
    un lenguaje y lleva a cabo cualquiera de los programas necesarios para 
    los distintos sistemas de aplicación solicitados.

Categoría especial para ventas, software y servicio técnico

45. Funcionario en entrenamiento. Es el funcionario dedicado 
    primordialmente al aprendizaje de tareas especializadas de 
    programación, comercialización, mantenimiento o reparación.
    Para esta categoría Nº 45, debe tenerse en cuenta los cuadros 1 y 2.

Cuadro 1             Servicio Técnico Departamentalización

Cada uno de estos grupos, tiene asociadas las categorías definidas con los números 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 45.

GRUPO "A"                      EQUIPOS SENCILLOS

Fotocopiadoras simples
Registradoras simples
Calculadoras
Mimeógrafos simples

Máquinas de Oficina (del estilo: Relojes de control, plastificadoras, destructoras de documentos, etc.)

GRUPO "B"                    EQUIPOS DE MEDICINA COMPLEJIDAD

Fotocopiadoras complejas 
Equipos de Offset de mesa
Máquinas de oficina electromecánicas
Registradoras complejas programables
Computadores domésticos básicos
Calculadoras programables
Mimeógrafos complejos
Duplicadores eléctronicos
Máquinas de escribir electrónicas

GRUPO "C"                    EQUIPOS COMPLEJOS

Fotocopiadoras muy complejas
Computadores personales
Telex
Terminales inteligentes
Computadores domésticos y sus periféricos
Máquinas de contabilidad electromecánicas programables
Sistemas de escritura electrónica (Procesadores de palabras)

GRUPO "D"                    SISTEMAS DE COMPUTACION 

Minicomputadores
Redes de computación 
Computadores de gran porte

Cuadro 2             Ventas        Departamentalización

Cada uno de estos grupos, tiene asociadas las categorías definidas con los números 39, 40 y 45.

GRUPO "A"                   MAQUINAS SIMPLES

Máquinas de escribir
Registradoras
Calculadoras
Accesorios en general
Máquinas de oficina (del estilo: relojes de control plastificadoras, destructores de documentos, etc.)

GRUPO "B"           EQUIPOS DE COMUNICACION Y COMPUTADORES DOMESTICOS

Centrales teléfonicas
Equipos de telex
Computadores domésticos
Sistemas de escritura electrónica (procesadores de palabra).

GRUPO "D"       SISTEMA DE COMPUTACION Y REDES DE COMUNICACIONES

Terminales y perifericos
Computadores personales
Mini computadores
Redes de computación
Computadores de gran porte (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

  Fíjase con carácter nacional los siguientes salarios mínimos, para los trabajadores comprendidos en las tareas enumeradas en el artículo anterior, con vigencia desde el 1º de octubre de 1985 hasta el 31 de 
enero de 1986.

AREA ADMINISTRACION

                                                    N$
Limpiadora, cadete y peón ....................... 14.000.00
Encargado de mantenimiento, sereno y cantinero... 15.500.00
Recepcionista, telefonista y chofer ............. 15.500.00
Operador centro de copiado 2, digitador y 
auxiliar 3 ...................................... 18.300.00
Operador centro de copiado 1, auxiliar 2 cajero, 
cobrador, ayudante de operador y secretaria ..... 21.500.00
Auxiliar 1, operador de administración y jefe de 
centro de copiado ............................... 24.800.00
Auxiliar categorizado y subjefe encargado ....... 36.500.00
Jefe de Personal y jefe de administración ....... 43.000.00

Area Técnica

Funcionario en entrenamiento A .................. 14.000.00
Técnico de mantenimiento y limpieza A y 
funcionario en entrenamiento B .................. 15.500.00
Auxiliar técnico A, técnico de mantenimiento y
limpieza B y funcionario en entrenamiento C ..... 15.500.00 
Técnico 1 A. Auxiliar técnico B, técnico de 
mantenimiento y limpieza C y funcionario en 
entrenamiento D ................................. 18.300.00
Técnico 2 A. técnico 1 B Auxiliar técnico C, 
técnico de mantenimiento y limpieza D ........... 21.500.00  
Subjefe A. técnico cabeza de grupo A, técnico 2 B,
técnico 1 C y auxiliar técnico D ................ 24.800.00
Jefe Técnico A, Subjefe B, Técnico Cabeza de Grupo
B, Técnico 2 C y Técnico 1 D .................... 30.000.00
Jefe técnico B, Subjefe C, Técnico Cabeza de Grupo
C, Técnico Especialista C y Técnico 2 D ......... 36.500.00
Jefe técnico C, Subjefe D, Técnico Cabeza de Grupo
D, técnico especialista D ....................... 43.000.00
Jefe técnico D .................................. 54.000.00

Area Software

Funcionario en entrenamiento .................... 21.500.00
Programador ..................................... 24.800.00
Analista de aplicaciones ........................ 30.000.00
Analista de Soft Junior ......................... 36.500.00
Analista de Soft Senior ......................... 43.000.00
Jefe de ingeniería de sistemas .................. 54.000.00

Area Ventas

Demostrador A y funcionario en entrenamiento A .. 14.000.00
Vendedor A, demostrador B, funcionario de 
entrenamiento B, demostrador C, funcionario en 
entrenamiento C, demostrador D y funcionario en 
entrenamiento D ................................. 15.500.00
Vendedor D ...................................... 15.500.00
Supervisor A y vendedor C ....................... 18.300.00
Supervisor B y vendedor D ....................... 21.500.00
Jefe A, jefe B y supervisor C ................... 24.800.00
Jefe C y supervisor D ........................... 30.000.00
Jefe D .......................................... 43.000.00

Artículo 3

   Las disposiciones establecidas en el presente decreto excluye a las categorías: Gerente General, Gerente y Subgerente, en materia de remuneración.

Artículo 4

   Sin perjuicio de los salarios mínimos establecidos en el numeral precedente, ningún trabajador podrá percibir por aplicación de este laudo un incremento inferior al 22.5% sobre las remuneraciones vigentes al 1º de junio de 1985.

Artículo 5

   Los trabajadores cuyo salario esté integrado por una partida fija (sueldo) y una variable (comisión), recibirán por aplicación de este laudo un incremento porcentual del 22.5% que se calculará y aplicará sobre la remuneración fija, sin perjuicio de que el empleador deberá asegurar en todos los casos y entre ambas retribuciones el salario mínimo de la categoría que les correspondiere.

Artículo 6

   Los salarios mínimos establecidos en este laudo incluyen las 
comisiones cuando las hubiere.

Artículo 7

   Para la liquidación de las horas extras y los feriados pagos se considerarán además de los sueldos base las partidas variables (comisiones), cuando las hubiere.

Artículo 8

   Los salarios que se abonen en la actualidad y que resulten superiores a los mínimos establecidos, no podrán ser rebajados por ningún concepto.
   Tampoco podrán reducirse los porcentajes de comisiones que perciba el trabajador.

Artículo 9

   Establécese que los precios de los bienes y o servicios de la 
actividad privada no podrán ser incrementados en más del 18% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.

Artículo 10

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de 
salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.

Artículo 11

   Comuníquese, publíquese, etc.-

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
Ayuda