CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 2 COMERCIO MINORISTA DE LA ALIMENTACION. SUBGRUPO CARNICERIAS Y PESCADERIAS




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 02/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Se ratifican las categorías del decreto 297/985 del 8 de junio de 1985 a excepción del cargo de "Chofer" que se suprime. Se incorporan a su vez las categorías que se detallan y quedan de la siguiente manera: "Auxiliar Administrativo": es el empleado encargado de efectuar todas las tareas internas de administración , asi como las gestiones y trámites administrativos externos. "Ayudante de Cortador": es el empleado que se ocupa de despostar medias reses, traseros y delanteros y complementar el trabajo del cortador en el corte de los huesos y carnes inferiores. "Vendedor" es el encargado de las tareas de corte, preparación y venta de mercaderías, con proceso de elaboración, fraccionamientos o envasados previos. "Peón": es el empleado que colabora en la recepción, estibamiento y expedición de la mercadería en el extraído de la carne de las cámaras, en la limpieza de huesos y en el mantenimiento de la limpieza del local.
"Cadete": es la persona que recien ingresa a trabajar en la firma y ayuda en tareas generales y sencillas que no impliquen esfuerzo excesivo para su edad. Al cumplir 18 años automáticamente pasa a la categoría de peón o de auxiliar según corresponda. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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