SERVICIO EXTERIOR - DERECHO HUMANITARIO




Promulgación: 24/11/1992
Publicación: 01/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 985

Artículo 2

    Intégrase la COMISION NACIONAL DE DERECHO HUMANITARIO con un delegado
de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional, del
Interior, de Salud Pública y de Educación y Cultura; de la Suprema Corte
de Justicia; de la Facultad de Derecho y de la Cruz Roja Uruguaya y de la
Universidad Católica del Uruguay.
 Cada uno de los órganos o instituciones referidos designará un delegado
titular y un alterno.
 El delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores presidirá la
Comisión.  (*)

(*)Notas:
Inciso 1º) redacción dada por: Decreto Nº 208/996 de 03/06/1996 artículo 
1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 677/992 de 24/11/1992 artículo 2.
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