TASAS ADUANERAS - PERMISO DE IMPORTACION




Promulgación: 30/12/1992
Publicación: 21/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 1161
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 170.

Artículo 6

    La presente retribución se hará efectiva mensual o trimestralmente,
según lo disponga la Dirección Nacional de Aduanas, independiente de otras
a las que los funcionarios hubieren generado derecho e incluirá en el
importe que se abone, el pago de la cuota parte correspondiente del sueldo
anual complementario, (aguinaldo).
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