REGLAMENTACION DE LA IMPORTACION DE CARNES, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS CON DESTINO AL CONSUMO E INDUSTRIA




Promulgación: 31/10/1979
Publicación: 06/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1046
Derogada/o por: Decreto Nº 525/981 Derogada/o de 09/10/1981 artículo 8.
 Visto: la conveniencia de reglamentar la importación de carnes,
subproductos y derivados con destino al consumo e industria.

 Considerando: conveniente disponer la adopción de medidas que aseguren
que el producto importado presente la calidad comercial adecuada y no
signifique riesgo para la salud humana o animal.

 Atento: a lo establecido en la ley 3.606, de 13 de abril de 1919, decreto
de 8 de junio de 1934 y decreto 671/978, de 27 de noviembre de 1978 y
disposiciones concordantes,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 623/979 de 31/10/1979 artículo 1.

MENDEZ - JUAN C. CASSOU - VALENTIN ARISMENDI
Ayuda