Fecha de Publicación: 06/12/1979
Página: 631-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

   Decreto 623/979

   Se reglamenta la importación de carnes, subproductos y derivados, con destino al consumo e industria.

   Ministerio de Agricultura y Pesca.

    Ministerio de Agricultura y Pesca.

                                    Montevideo, 31 de octubre de 1979.  

   Visto: la conveniencia de reglamentar la importación de carnes,
subproductos y derivados con destino al consumo e industria.

   Considerando: conveniente disponer la adopción de medidas que aseguren que el producto importado presente la calidad comercial adecuada y no
signifique riesgo para la salud humana o animal.

   Atento: a lo establecido en la ley 3.606, de 13 de abril de 1919, decreto de 8 de junio de 1934 y decreto 671/978, de 27 de noviembre de 1978 y disposiciones concordantes,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   La importación de carnes, subproductos o derivados, con destino a la alimentación humana, animal o uso industrial, deberá cumplir los requisitos establecidos en el presente decreto.

MENDEZ - JUAN C CASSOU - VALENTIN ARISMENDI
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