INTERMEDIACION FINANCIERA - INSTITUCIONES FINANCIERAS




Promulgación: 11/12/1992
Publicación: 28/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 1053
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.322 de 17/09/1982.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Las fusiones, absorciones y toda transformación de las empresas
comprendidas en el artículo 1 del decreto ley 15.322, requerirán
autorización previa del Poder Ejecutivo al mero efecto de la prosecución
de actividades o confirmación del giro, la que se otorgará siempre que
existiere consentimiento previo y expreso del Banco Central del Uruguay.
Referencias al artículo
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